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Líneas de Financiación ICO 2017

El Instituto de Crédito Oficial ha puesto en marcha las LINEAS DE FINANCIACIÓN ICO 2017 para AUTÓNOMOS Y EMPRESAS.

La línea ICO EMPRESAS Y EMPRENDEDORES 2017 destinada a los autónomos y empresas que

realicen inversiones productivas en España y/o necesiten cubrir necesidades de liquidez con independencia

de su domicilio social o fiscal y de si la mayor parte de su capital es español o extranjero.

En los proyectos de INVERSIÓN se consideran financiables: los activos fijos productivos nuevos o de

segunda mano, los vehículos turismo cuyo precio no supere los 30.000 € más IVA, los vehículos industriales

que podrán financiarse en un 100%, la adquisición de empresas, el IVA/IGIC, hasta el 50% para gastos de

circulante vinculados a la inversión. El importe máximo del préstamo es de 12,5 millones de €, en una o

varias operaciones por cliente y año. En los proyectos sin inversión, los préstamos para financiar al 100% las

necesidades de LIQUIDEZ se destinan a afrontar los gastos de circulante tales como gastos corrientes,

nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, etc.

También pueden solicitar financiación a través de esta línea, los particulares, comunidades de

propietarios y las agrupaciones de comunidades de propietarios para la rehabilitación de vivienda y

edificios o reforma de sus elementos comunes.

Las operaciones que cuenten con el aval de una SGR o SAECA deberán ser tramitadas a través

de la línea ICO GARANTÍA SGR/SAECA 2017.

Se mantiene la línea ICO CRÉDITO COMERCIAL 2017 orientada a autónomos y empresas con

domicilio social en España que deseen obtener liquidez mediante el anticipo del importe de las facturas

procedentes de su actividad comercial dentro del territorio nacional o cubrir los costes previos de

producción y elaboración del bien o servicio objeto de venta en territorio nacional. Se podrán anticipar las

facturas con fecha de vencimiento no superior a 180 días a contar desde la fecha de la firma de la operación.

Se podrá financiar hasta el 100%, siempre que no supere el importe máximo de 12,5 millones de euros de

saldo vivo por cliente y año, en una o varias operaciones. La prefinanciación concedida con fondos ICO,

deberá ser cancelada con carácter previo a la formalización de una operación de anticipo de facturas de los

bienes que fueron objeto de prefinanciación.

 
 

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