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Terminal de Boyacá para los puntos de venta

Boyacña pretende cobrar por que los vendedores usen un terminal para la gestión de los puntos de venta

Boyacá está llamando a los puntos de venta ofreciendo y, en algunos casos, coaccionando para intentar conseguir que solicites un terminal cuya principal función (aunque tiene, o eso publicitan, algunas otras) es la recarga de telefonía y venta de pines electrónicos, medios de pago y gestión de paquetería. 
 
Además de ello, también está configurado (según Boyacá) para consultar albaranes, pedidos, facturas, efectuar devoluciones o efectuar pases de tarjeta de suscriptor, entre otras funciones.
 
Según Boyacá, quien solicite el terminal, deberá de pagar una cuota semanal de 0.96 € + IVA, es decir, unos 5 € mensuales
 
AVEPRENCO, ya os lo comunicamos en su día, no está en contra de que quien así lo decida, libremente, solicite y haga uso del terminal para la venta de recargas, pines o medios de pago, a pesar de que las condiciones económicas que ofrecen no sean mejores que las de otros operadores con los que ya trabajamos
Tampoco lo está de las nuevas tecnologías, aplicadas a la gestión de distribución y venta de publicaciones, al contrario.
 
Sin embargo, sí que estamos en contra, y así se lo hemos hecho saber a Boyacá, de que se nos intente imponer nuevas condiciones y herramientas de trabajo, cuya implantación  sólo beneficia a la distribuidora, que pretende que paguemos por algo que ahora es gratis, pues todas las utilidades de las dicen haber dotado al terminal, ya las tenemos: los pases de suscriptor, las consultas de albaranes, facturas o pedidos los podemos hacer en la web de la distribuidora, sin coste alguno, más allá de lo que nos cobran en concepto de "servicios auxiliares" en la factura semanal
 
Por lo tanto, antes las muchas consultas que nos estáis haciendo, nuestra respuesta es la misma de siempre: UNIDAD que negocien con AVEPRENCO, pues uno a uno, no tenemos defensa ante un monopolio tan poderoso como es Boyacá.
 
Si se ponen en contacto contigo para intentar coaccionarte para que solicites el terminal, y para decirte, como han hecho con otros compañeros, que "a partir de Enero, sólo se admitirán devoluciones si se efectúan a través del terminal", nuestro consejo es que les instes a hablar de ello con AVEPRENCO y sólo solicites el terminal si libremente decides que es bueno para tu economía y útil para la gestión de tu negocio
 
Nadie puede obligarte a hacer lo contrario
 

Reunión entre Aveprenco y el Ayuntamiento de Córdoba

El 21 de Febrero,  se ha reunido Aveprenco con Salvador Fuentes,  teniente de alcalde de Hacienda y Urbanismo para repasar y buscar soluciones a la problemática que afecta al colectivo de vendedores de prensa de Córdoba 

 

 

PUBLICIDAD KIOSCOS. SE RETOMA LA ACTIVIDAD TRÁS EL ESTADO DE ALARMA

Si algún kiosco estima que no se han realizado correctamente las labores de mantenimiento del mismo antes de mediados de mes, debe de ponerse en contacto con la Asociación

Tras las oportunas gestiones llevadas a cabo por Aveprenco, os informamos que, a partir de mañana, Clear Channel España (antigua Urbasur) retomará las labores de limpieza, mantenimiento y reparación de Kioscos, asì como todos los compromisos contractuales firmados en su dia con anterioridad al Estado de Alarma

 

Información genérica sobre las ayudas a Autónomos tras la ALERTA SANITARIA

INFORMACIÓN BASADA EN EL REAL DECRETO-LEY 8/2020 DE 17 DE MARZO ESTABLECE EN SU ARTICULO 17 UNA PRESTACION EXTRAORDINARIA POR CESE EN LA ACTIVIDAD PARA:

1.-AUTONOMOS CUYA ACTIVIDAD SE HA SUSPENDIDO POR EL REAL DECRETO 463/2020 DE 14 DE MARZO POR EL QUE SE DECLARA EL ESTADO DE ALARMA (comercio minorista, hostelería, peluquería………..)

2.-AUTONOMOS CUYA FACTURACION EN EL MES ANTERIOR AL QUE SE SOLICITA LA PRESTACION SE VEA REDUCIDA  AL MENOS EN UN 75% EN RELACION CON EL PROMEDIO DE FACTURACION DEL SEMESTRE ANTERIOR.

 

Además, tienen que reunir los siguientes REQUISITOS:

  1. Estar afiliados y en alta en la fecha de declaración del estado de alarma en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

  2. Acreditar hallarse en alguno de los dos supuestos (actividad suspendida o reducción de ingresos en al menos el 75%

  3. Hallarse al corriente en el pago de cuotas. Si no lo está, se le invitará al pago para ingrese las cuotas debidas en el plazo de 30 dias naturales.

La cuantía de la prestación se determinará aplicando el 70% a la base reguladora

La duración de la prestación será de un mes, ampliándose hasta el último día del mes en el que finalice el estado de alarma en el supuesto de que se prorrogue y tenga una duración superior al mes.

El tiempo de su percepción se entenderá como cotizado y no reducirá los periodos de prestación por cese de actividad a los que el beneficiario pueda tener derecho en el futuro.

Esta prestación es incompatible con cualquiera otra del Sistema de Seguridad Social.

Para acceder a ella no es necesario causar baja ni en autónomos ni en Seguridad Social.

La solicitud se presenta ante la mutua de accidentes de Trabajo y Enfermedad Profesional con la que el autónomo tenga cubiertas las contingencias de Cese de actividad.

 

Relación ORIENTATIVA de las publicaciones de Boyacá y SGEL que tienen fecha de caducidad entre el 23 de Marzo y el 12 de Abril

Este fichero orientativo os servirá de guía para poder efectuar las devoluciones que estiméis oportunas

En el lado derecho de la NOTICIA encontraéis un fichero PDF para poder visualizar o descargar.

Cómo ya os advertimos es ORIENTATIVO quiere decir que igual falta alguna publicación en el fichero pero sería algo muy puntual.

Ponemos fecha del 12 de Abril por si alguien tiene previsto cerrar  por la alerta sanitaria  que no se le quede ninguna revista sin devolver y así evitar los fuera de plazo.

 
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